Factura electrónica B2B vs B2C en España: quién está obligado y desde cuándo
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Factura electrónica B2B vs B2C en España: quién está obligado y desde cuándo

15 Jul, 2026 • 9 min de lectura

Entre Veri*Factu, la Ley Crea y Crece y el sistema Facturae que ya llevaba años obligando al B2G (empresa-administración), es fácil confundir qué obligación de facturación electrónica te aplica exactamente según con quién factures. Esta guía separa el escenario en sus tres bloques: B2G, B2B y B2C, porque las fechas y los requisitos no son los mismos.

B2G (empresa → administración pública): ya obligatorio desde hace años

Si facturas a cualquier administración pública española (ayuntamientos, comunidades autónomas, ministerios, organismos públicos), la factura electrónica es obligatoria desde 2015, a través del formato Facturae y la plataforma FACe (Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas). Esto no ha cambiado con la nueva normativa — sigue siendo el sistema vigente para el sector público, y no debe confundirse con VeriFactu, que regula cómo se *genera la factura internamente, no el canal de envío a la administración.

Hay una excepción práctica que muchos autónomos desconocen: si tu factura a una administración pública es de importe muy reducido (facturas menores, según el umbral que fije cada organismo, normalmente en torno a los 5.000€), algunas administraciones permiten quedar exentas de pasar por FACe. Pero esto es la excepción, no la norma general — si facturas de forma recurrente a un organismo público, lo normal es que te exijan Facturae desde el primer día de la relación comercial, sin margen de negociación.

Formatos técnicos: Facturae, UBL y CII

Un punto que genera confusión cuando se pasa de la teoría legal a la implementación práctica: “factura electrónica estructurada” no significa un único formato. En España y Europa conviven varios estándares:

  • Facturae: el formato XML nacional español, obligatorio para B2G desde 2015 y el más usado en la práctica para pequeñas y medianas empresas.
  • UBL (Universal Business Language): estándar internacional más extendido en el resto de Europa, usado especialmente en operaciones intracomunitarias.
  • CII (Cross Industry Invoice): otro estándar internacional, menos común en España que UBL pero presente en algunos sectores industriales con proveedores europeos.

Para el B2B derivado de la Ley Crea y Crece, la normativa no obliga a un único formato — lo relevante es que sea estructurado (procesable automáticamente por software, no solo legible visualmente) y que exista interoperabilidad entre emisor y receptor, normalmente a través de plataformas de facturación electrónica que traducen entre formatos si emisor y receptor usan estándares distintos.

B2B (empresa → empresa): la gran novedad de la Ley Crea y Crece

Aquí es donde está el cambio más relevante de los últimos años. La Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas (Ley Crea y Crece) obliga a que todas las facturas entre empresas y autónomos se emitan en formato electrónico estructurado, no solo un PDF enviado por correo.

Punto clave: un PDF no es, técnicamente, una “factura electrónica” a efectos de esta ley. La normativa exige un formato estructurado (como Facturae o UBL) que permita el procesamiento automático, no solo la lectura visual del documento.

El calendario de aplicación depende del volumen de facturación de la empresa:

Tipo de empresa Fecha de obligación
Empresas y autónomos con facturación anual superior a 8 millones de euros 1 año tras la publicación del reglamento de desarrollo
Resto de empresas y autónomos 2-3 años tras la publicación del reglamento de desarrollo (según el calendario final aprobado)

Importante: a diferencia de Veri*Factu (que ya tiene fechas fijas confirmadas), la obligación B2B de la Ley Crea y Crece está condicionada a la aprobación de su reglamento de desarrollo, que fija el calendario exacto de entrada en vigor. Si facturas B2B, conviene que sigas de cerca las comunicaciones de tu asociación sectorial o gestoría, porque las fechas concretas se confirman con la publicación de ese reglamento.

Un elemento adicional de la Ley Crea y Crece que ya está generando cambios en el software de facturación B2B: la obligación de informar del estado de la factura (aceptada, pagada, rechazada) a través del mismo sistema, con el objetivo declarado de combatir la morosidad comercial y dar visibilidad pública a los plazos de pago reales entre empresas.

B2C (empresa → consumidor final): sin obligación de “factura electrónica estructurada”

Para las ventas a consumidores particulares, no existe la obligación de emitir factura electrónica estructurada equivalente a la del B2B. Lo que sí aplica al B2C, y que mucha gente confunde con la factura electrónica, es Veri*Factu: la obligación de que el software con el que generas cualquier factura (incluida la que emites a un particular) cumpla los requisitos de integridad, trazabilidad y envío de registros a la AEAT.

En resumen para el B2C:

  • No es obligatorio enviar la factura en un formato estructurado como Facturae al consumidor.
  • Sí es obligatorio que el software que la genera cumpla Veri*Factu (registro con hash encadenado, QR, etc.).
  • Puedes seguir entregando al consumidor una factura en PDF o en papel — lo que cambia es cómo se genera y registra internamente, no necesariamente el formato de entrega.

Cómo saber qué obligación te aplica a ti

Un checklist rápido según a quién factures habitualmente:

  • ¿Facturas a administraciones públicas? → Facturae + FACe, obligatorio ya.
  • ¿Facturas a otras empresas o autónomos (B2B)? → Facturación electrónica estructurada obligatoria según Ley Crea y Crece, con calendario pendiente de confirmación final vía reglamento.
  • ¿Facturas solo a consumidores finales (B2C)? → No necesitas formato estructurado, pero tu software de facturación sí debe cumplir Veri*Factu desde el 1 de julio de 2027 (autónomos) o el 1 de enero de 2027 (empresas con IS) — fechas aplazadas un año respecto al calendario original tras el Real Decreto-ley 15/2025.
  • ¿Facturas a los tres tipos de cliente a la vez? (lo habitual en muchos negocios) → Necesitas un software que cubra los tres escenarios: Facturae para B2G, formato estructurado compatible para B2B, y cumplimiento Veri*Factu para todo el conjunto.

El solapamiento que genera más confusión: Veri*Factu no sustituye a la Ley Crea y Crece

Son dos normativas distintas que se aplican en paralelo y no una sustituye a la otra:

  • *VeriFactu** regula la integridad del registro interno de cada factura (que no se pueda alterar ni ocultar), independientemente de a quién factures.
  • Ley Crea y Crece (B2B) regula el formato de intercambio de la factura entre empresas, para digitalizar el proceso completo de facturación entre negocios.

Es perfectamente posible (y será lo habitual) que una factura B2B tenga que cumplir ambas normativas a la vez: generarse con un software Veri*Factu conforme, y emitirse en formato electrónico estructurado según la Ley Crea y Crece.

Preguntas frecuentes

¿Un autónomo pequeño está sujeto a la obligación B2B? Sí — la Ley Crea y Crece no exime a los autónomos individuales de la obligación B2B, solo diferencia el calendario de entrada en vigor según el volumen de facturación. Un autónomo por debajo de los 8 millones de euros anuales (la inmensa mayoría) simplemente entra en el plazo más largo, no queda exento.

¿Si emito solo unas pocas facturas B2B al año, necesito igualmente software especializado? Formalmente sí, aunque en la práctica muchos proveedores de software de facturación para autónomos ya integran la generación en formato estructurado como una función más, sin coste adicional relevante — no hace falta contratar una plataforma B2B compleja si tu volumen es bajo.

¿Qué pasa si mi cliente B2B no puede recibir facturas en formato estructurado? La obligación recae sobre quien emite la factura, no sobre quien la recibe — debes poder generarla en el formato correcto independientemente de la capacidad técnica de tu cliente. En la práctica, la mayoría de plataformas de facturación electrónica B2B incluyen un visor que convierte el XML estructurado en un PDF legible para quien lo reciba, así que esto no debería ser un obstáculo real en el día a día.

¿Veri*Factu y la Ley Crea y Crece comparten la misma plataforma de envío? No necesariamente — son sistemas técnicamente independientes con requisitos propios, aunque es previsible que con el tiempo los proveedores de software integren ambos flujos en una sola herramienta para simplificar la experiencia del usuario final.

Qué hacer si todavía no tienes claro tu caso

Si tu negocio factura a mezcla de clientes (particulares, empresas y quizás alguna administración), la recomendación práctica es elegir un software de facturación que ya soporte los tres escenarios desde ya, en vez de ir adaptándote normativa por normativa según se acerque cada fecha límite. La mayoría de proveedores de software de facturación en España ya han anunciado o publicado soporte conjunto para Veri*Factu y para el formato estructurado B2B, precisamente porque saben que sus clientes necesitan cubrir ambos frentes con la misma herramienta.