A fecha 1 de Enero de 2022 ha entrado en vigor el nuevo funcionamiento de cancelación de comprobantes 3.3 y CFDI4.0 del SAT, en el que se requiere expresar un motivo, de modo contrario habrá un error y no se iniciará el proceso de cancelación.
El primer requisito para que un UUID de comprobante CFDI se pueda cancelar, estado del UUID en el SAT debe ser de cancelable, se puede comprobar en: https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/ .
Estos son los 4 motivos que pueden ser especificados para cancelar un UUID desde 1 de Enero 2022
Códigos de respuesta de Cancelación del SAT
Los códigos de estados en los que se puede encontrar un UUID:
UUID Cancelado | 201 |
UUID Previamente cancelado | 202 |
UUID No encontrado o no corresponde en el emisor | 203 |
UUID No aplicable para cancelación | 204 |
UUID No existe | 205 |
UUID no corresponde a un CFDI del Sector Primario | 206 |
Los estados en los que se puede encontrar el una petición de cancelación son los siguientes:
XML mal formado | 301 |
Sello mal formado o inválido | 302 |
Sello no corresponde al emisor | 303 |
Certificado revocado o caduco | 304 |
Certificado inválido | 305 |
Uso de certificado de e.firma inválido | 310 |
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